Controlador de acceso en la Comunitat Valenciana
En la Comunitat Valenciana, el control de acceso en discotecas, salas de fiesta y otros locales lo hace el personal del Servicio Específico de Admisión (SEA), que necesita un certificado de acreditación de la Generalitat. Se obtiene aprobando una prueba psicotécnica y un test de 50 preguntas, sin curso obligatorio, y vale cuatro años.
Revisado en con las normas publicadas en los boletines oficiales.
Datos clave en la Comunitat Valenciana
- Nombre oficial
- Personal del Servicio Específico de Admisión (SEA)
- Documento
- Certificado individual de acreditación
- Quién lo expide
- Dirección General de Interior (Conselleria de Emergencias e Interior)
- Formación previa
- No se exige curso; sí ESO, FP de grado medio o equivalente
- Prueba
- Psicotécnica y test teórico de 50 preguntas, en Alicante, Castellón y València
- Validez
- 4 años; la renovación incluye una prueba psicotécnica
- Norma
- Ley 14/2010 y Decreto 143/2015 (artículos 131 a 141 y anexo III)
Requisitos
Según las bases de la convocatoria de 2025 (Resolución de 4 de septiembre de 2025):
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad española o de un Estado de la Unión Europea; quienes no son de la UE aportan permiso de residencia y trabajo.
- No tener antecedentes penales, acreditado con un certificado actualizado.
- Tener como mínimo el título de ESO, FP de grado medio o equivalente. Los títulos extranjeros deben estar homologados.
- Aprobar la prueba.
La prueba
La Dirección General de Interior convoca la prueba, normalmente una vez al año en el último trimestre, y se hace en Alicante, Castellón y València. No hace falta haber hecho un curso.
- Parte psicotécnica.
- Parte teórica tipo test: 50 preguntas con tres opciones. Los errores no restan. Hay que obtener apto en las dos partes.
- Materias (anexo III del Decreto 143/2015): Constitución, Ley 14/2010, normativa de admisión, menores y horarios, hojas de reclamaciones, tabaco, alcohol y drogodependencias, seguridad, incendios y evacuación, psicología y trato con clientes en estado de embriaguez, y primeros auxilios.
- Tasa en 2025: 15,44 €, con exención o reducción del 50 % para familias numerosas.
La última prueba de nueva acreditación fue el 10 de diciembre de 2025 (lista de aptos por Resolución de 23 de diciembre de 2025). Tras la lista de aptos, la Dirección General expide el certificado en un máximo de dos meses.
Dónde es obligatorio
La Ley 14/2010 obliga a tener un servicio específico de admisión donde lo dice el reglamento. El Decreto 143/2015 lo exige en:
- Todas las discotecas, salas de baile y salas de fiestas.
- Pubs y karaokes con aforo superior a 200 personas.
- Espectáculos extraordinarios de más de 500 personas o que supongan un incremento del riesgo (artículo 133.1).
- Espacios abiertos con perímetro delimitado, aforo previsto de más de 500 personas y puertas o accesos concretos (artículo 133.2).
En espectáculos extraordinarios y espacios abiertos debe haber como mínimo una persona del SEA en cada puerta o lugar de acceso (artículo 133.3).
Admisión y límites
La negativa a dejar entrar a alguien debe basarse en razones objetivas y no puede ser discriminatoria (Ley 14/2010, artículo 33). La Ley 5/2026 añadió la obligación del público de no ocultar el rostro, para que lo puedan identificar el servicio de admisión, la seguridad o la autoridad (artículo 32.1.j).
El personal del SEA se ocupa de la admisión, no de la vigilancia. Los registros, los cacheos y la retención de personas corresponden al personal de seguridad privada habilitado.
Validez y renovación
- El certificado vale cuatro años (artículo 137 del Decreto 143/2015).
- Antes de que caduque, la Conselleria fija por resolución las condiciones de renovación. En las últimas convocatorias consiste en una prueba psicotécnica de una hora, un certificado de antecedentes penales actualizado y el pago de la tasa.
- La Generalitat publica convocatorias de renovación propias; la más reciente es de julio de 2026.
Si tienes la acreditación de otra comunidad
Las bases y resoluciones de la Generalitat solo prevén su propia acreditación y no mencionan el reconocimiento de las de otras comunidades. Antes de trabajar en la Comunitat Valenciana con una acreditación de otra comunidad, consúltalo con la Dirección General de Interior.
Normativa aplicable
- Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicosArtículos 29.10 y 33: servicio de admisión y servicio específico de admisión.
- Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010Artículos 131 a 141 (servicio específico de admisión) y anexo III (contenido de la prueba). Texto consolidado en valenciano.
- Resolución de 4 de septiembre de 2025 de convocatoria de la pruebaRequisitos, prueba, tasa y expedición del certificado (DOGV de 12 de septiembre de 2025).
Dónde se tramita
- Servicio Específico de Admisión: información de la GeneralitatConvocatorias, listas y renovaciones.
- Inscripción en la prueba del SEA
Preguntas frecuentes
¿Qué es el SEA en la Comunitat Valenciana?
El Servicio Específico de Admisión: el personal que hace el control de acceso en discotecas, salas de baile, salas de fiestas, pubs y karaokes de más de 200 personas y en grandes espectáculos. Necesita el certificado de acreditación de la Generalitat.
¿Hace falta un curso para sacarse el SEA?
No. Las bases no exigen curso ni horas de formación: hay que aprobar la prueba psicotécnica y el test teórico. Sí se exige tener la ESO, una FP de grado medio o un título equivalente.
¿Cuándo es el examen del SEA?
La Dirección General de Interior lo convoca normalmente una vez al año, en el último trimestre. La última prueba de nueva acreditación fue el 10 de diciembre de 2025. Las convocatorias se publican en el DOGV y en la web de Emergencias e Interior.
¿Cuánto dura la acreditación SEA?
Cuatro años. Para renovarla hay que superar una prueba psicotécnica, aportar un certificado de antecedentes penales actualizado y pagar la tasa, según la convocatoria de renovación.
¿Qué locales necesitan SEA en Valencia, Alicante y Castellón?
Todas las discotecas, salas de baile y salas de fiestas; los pubs y karaokes con aforo superior a 200 personas; los espectáculos extraordinarios de más de 500 personas o con riesgo, y los espacios abiertos delimitados de más de 500 personas.
Información general revisada en octubre de 2026 a partir del BOE, el boletín oficial de la comunidad y sus fichas de trámite. No sustituye a la normativa oficial: antes de presentar una solicitud, comprueba la versión vigente en los enlaces de esta página. SegurJob es una plataforma tecnológica, no una agencia de colocación ni una empresa de seguridad privada. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a hola@segurjob.es.