Controlador de acceso en Castilla y León (PEPAR)
En Castilla y León, el control de acceso lo hace el Portero de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (PEPAR), que necesita un certificado de habilitación de la Junta. Se exige la ESO o una FP de grado medio y superar unas pruebas de conocimientos y aptitud psicológica. El certificado vale cinco años y se pueden convalidar habilitaciones de otras comunidades.
Revisado en con las normas publicadas en los boletines oficiales.
Datos clave en Castilla y León
- Nombre oficial
- Portero de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (PEPAR)
- Documento
- Certificado de habilitación y distintivo PEPAR
- Quién lo expide
- Agencia de Protección Civil y Emergencias de la Junta de Castilla y León
- Formación previa
- No se exige curso; sí ESO, FP de grado medio o equivalente
- Prueba
- Pruebas de conocimientos, prácticas y de aptitud psicológica, convocadas por orden de la Consejería
- Validez
- 5 años
- Norma
- Ley 7/2006 y Decreto 50/2010 (Reglamento del Derecho de Admisión)
Requisitos
Según el artículo 11 del Decreto 50/2010:
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad española o de la Unión Europea, o permiso de residencia y trabajo.
- No tener antecedentes penales por delitos contra las personas o el patrimonio, o tenerlos cancelados.
- Tener el graduado en ESO, una FP de grado medio o equivalente.
- Superar las pruebas.
Las pruebas
Las pruebas las determina la Escuela Regional de Policía Local de Castilla y León y se convocan por orden de la Consejería en el BOCyL. Incluyen como mínimo normativa de espectáculos, recursos de protección y primeros auxilios, control de situaciones de conflicto y valoración de la personalidad y la aptitud psicológica.
La última convocatoria que hemos encontrado es la Orden FYM/1217/2011. Consulta en la sede electrónica de la Junta si hay alguna abierta.
Dónde es obligatorio
El Decreto 50/2010 se aplica a los espectáculos y actividades del catálogo de la Ley 7/2006. El servicio de admisión es obligatorio cuando se cobra entrada, cuando el local tiene condiciones particulares de admisión y cuando se celebran fiestas o sesiones privadas. Si hay varias puertas, debe haber al menos una persona de admisión en cada una.
No hay que confundirlo con la vigilancia: la Ley 7/2006 (artículo 20) exige personal de seguridad privada cuando puede haber concentraciones de más de 300 personas en un recinto cerrado o de más de 1.000 al aire libre.
Funciones y límites
Según el artículo 10 del Decreto 50/2010, el PEPAR:
- Mantiene la fluidez de la entrada y verifica las entradas o localidades.
- Comprueba la edad y deniega el acceso a menores cuando corresponde.
- Controla el aforo, impide que salgan bebidas del local y deniega el acceso después del horario de cierre.
- Facilita el acceso a las personas con discapacidad y colabora con las inspecciones.
- Presta auxilio básico, avisa al 112 y pide la intervención de las autoridades cuando hace falta.
- Niega la entrada o pide que salga a quien incumple las condiciones de admisión.
No puede portar armas ni usar la fuerza: ante resistencias, llama a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tampoco puede hacer funciones de seguridad privada (artículo 8.3). Los registros, los cacheos y la retención de personas corresponden al personal de seguridad privada habilitado. Lleva en el lado izquierdo del pecho un distintivo de al menos 10 por 3 cm con la palabra PEPAR y su número de certificado, y un uniforme que se distinga del de seguridad privada y del policial.
Validez y renovación
- El certificado vale cinco años y figura en un registro de personal habilitado.
- Para renovarlo hay que acreditar de nuevo la nacionalidad o el permiso y la ausencia de antecedentes y, en su caso, superar las pruebas que se establezcan.
- La renovación se tramita de forma permanente; la Junta resuelve en tres meses y el silencio es estimatorio.
- Incumplir las funciones puede suponer una suspensión de tres meses a un año, y la habilitación se revoca si se dejan de cumplir los requisitos.
Si tienes la acreditación de otra comunidad
El Decreto 50/2010 permite convalidar la habilitación de personal de admisión expedida por otra administración, estatal o autonómica, para trabajar en Castilla y León, siempre que se cumplan los requisitos de edad, nacionalidad, antecedentes y estudios (disposición adicional única). Pide información a la Agencia de Protección Civil y Emergencias.
Normativa aplicable
- Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y LeónArtículo 20: vigilancia; artículo 21: control de acceso por personal especializado.
- Decreto 50/2010, de 18 de noviembre, Reglamento Regulador del Derecho de AdmisiónHabilitación PEPAR, requisitos, funciones, distintivo y convalidación (BOCyL de 24 de noviembre de 2010).
Dónde se tramita
- Renovación de la habilitación PEPARTrámite permanente: DNI o NIE, certificado de antecedentes penales y, si procede, permiso de residencia y trabajo.
- Normativa de espectáculos públicos de la Junta
Preguntas frecuentes
¿Qué es el PEPAR?
Es el Portero de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, la figura que hace el control de acceso en Castilla y León según el Decreto 50/2010. Necesita un certificado de habilitación de la Junta y llevar el distintivo PEPAR.
¿Qué requisitos hay para ser PEPAR?
Ser mayor de edad, tener nacionalidad española o de la UE o permiso de residencia y trabajo, no tener antecedentes por delitos contra las personas o el patrimonio, tener la ESO o una FP de grado medio y superar las pruebas.
¿Puedo trabajar en Castilla y León con la acreditación de otra comunidad?
Sí, si la convalidas. El Decreto 50/2010 permite convalidar la habilitación de personal de admisión expedida por otra administración, estatal o autonómica, cumpliendo los requisitos de edad, nacionalidad, antecedentes y estudios.
¿Cuándo es obligatorio el servicio de admisión en Castilla y León?
Cuando se cobra entrada, cuando el local tiene condiciones particulares de admisión y cuando se celebran fiestas o sesiones privadas, con al menos una persona en cada puerta de acceso.
¿Cuánto dura la habilitación PEPAR?
Cinco años. Se renueva acreditando de nuevo nacionalidad y antecedentes; la Junta resuelve en tres meses y, si no responde, la renovación se entiende concedida.
Información general revisada en octubre de 2026 a partir del BOE, el boletín oficial de la comunidad y sus fichas de trámite. No sustituye a la normativa oficial: antes de presentar una solicitud, comprueba la versión vigente en los enlaces de esta página. SegurJob es una plataforma tecnológica, no una agencia de colocación ni una empresa de seguridad privada. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a hola@segurjob.es.