Controlador de acceso en el País Vasco
En Euskadi, el personal de servicio de admisión necesita una habilitación del Gobierno Vasco y estar inscrito en su registro. Se obtiene aprobando un examen tipo test en los centros KZgunea, sin curso obligatorio y con un manual oficial gratuito. Desde el Decreto 63/2026, la habilitación caduca a los diez años.
Revisado en con las normas publicadas en los boletines oficiales.
Datos clave en el País Vasco
- Nombre oficial
- Personal de servicio de admisión (Sarrera zerbitzuko langilea)
- Documento
- Habilitación, inscripción en el Registro de personal de servicio de admisión y carné profesional
- Quién lo expide
- Dirección de Juego y Espectáculos del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco
- Formación previa
- No se exige curso; sí estudios primarios, graduado escolar, ESO o FP de grado medio
- Prueba
- Examen tipo test en los centros KZgunea, con convocatoria continua
- Validez
- 10 años desde la inscripción; se renueva repitiendo las pruebas
- Norma
- Ley 10/2015 y Decreto 17/2019, modificado por el Decreto 63/2026
Requisitos
Según el artículo 64.5 del Decreto 17/2019, en la redacción del Decreto 63/2026:
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad de un Estado de la Unión Europea, o los permisos de residencia y trabajo.
- No tener antecedentes penales, o acreditar que están cancelados.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas ni en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, no tener retirada definitivamente la habilitación de seguridad privada y no haber sufrido una revocación en los cinco años anteriores.
- Tener como mínimo el certificado de estudios primarios, el graduado escolar, la ESO o una FP de grado medio, o un título equivalente.
- No haber sido sancionado, en los cinco años anteriores, por dos o más faltas graves o muy graves dentro de un mismo año, mediante declaración jurada.
El examen
- No hay curso obligatorio ni horas de formación: se exige aprobar un examen tipo test con una sola respuesta válida y sin penalización por errores.
- Se hace en los centros KZgunea por vía telemática, con convocatoria continua. Hay que inscribirse al menos siete días antes.
- El temario es el manual oficial gratuito, con nueve unidades: normativa de espectáculos, derechos y deberes del público, derecho de admisión, funciones del personal de admisión, seguridad y autoprotección, horarios de cierre, menores, primeros auxilios y actitud ante el público y resolución de conflictos.
- Después hay que inscribirse en el Registro de personal de servicio de admisión: sin inscripción no se puede trabajar.
El Decreto 63/2026 prevé que las pruebas puedan incluir partes teóricas, prácticas o psicotécnicas, con módulos que fijará una resolución. A octubre de 2026 esa resolución no se ha publicado.
Dónde es obligatorio
El artículo 61.3, en la redacción del Decreto 63/2026, exige personal habilitado y registrado:
- En todos los establecimientos de régimen especial.
- Donde sea obligatorio un servicio de vigilancia de seguridad, por ejemplo en establecimientos y espectáculos de más de 700 personas.
- En los locales de juego, salvo los salones recreativos.
- Cuando para entrar haga falta una entrada, abono, pase o invitación, de pago o gratuita.
- Cuando lo exija la licencia o autorización del local o evento.
En el resto de establecimientos no es obligatorio, pero si el titular decide tener servicio de admisión, el personal debe estar habilitado y registrado. El personal municipal en instalaciones públicas puede hacer estas funciones sin habilitación.
Funciones y límites
Según el artículo 61.1 del Decreto 17/2019, el personal de servicio de admisión:
- Garantiza un acceso ordenado y controla las entradas.
- Impide la entrada a quien no cumple las condiciones de admisión o está en un supuesto de limitación general de acceso, y también pasada la hora de cierre o empezado el espectáculo.
- Comprueba la edad con un documento oficial e impide que se supere el aforo.
- Avisa enseguida de las alteraciones del orden a los vigilantes de seguridad o, si no hay, a la Ertzaintza.
- Garantiza la accesibilidad, evita que se salga a la calle con consumiciones, vigila los vestíbulos acústicos y facilita las inspecciones.
El artículo 62 le obliga a llevar el carné totalmente visible, actuar de forma no arbitraria, no consumir alcohol ni drogas, no llevar armas y no hacer funciones de seguridad privada. Los registros, los cacheos y la retención de personas corresponden al personal de seguridad privada habilitado. El personal de seguridad privada tampoco puede compaginar sus funciones con las de admisión (artículo 69).
Caducidad, renovación y revocación
- Desde el 19 de mayo de 2026, la habilitación caduca a los diez años de su inscripción en el registro. Las habilitaciones anteriores caducan a los diez años contados desde esa fecha.
- Para renovarla hay que volver a superar las pruebas antes de que caduque y reinscribirse.
- Causas de revocación: condena firme por delitos contra las personas, el patrimonio o la salud pública; dos o más faltas graves o muy graves en un año; dejar de cumplir los requisitos o dejar caducar la habilitación; obstruir la inspección; comportamiento violento o práctica manifiestamente inadecuada.
- La revocación supone la baja en el registro, entregar el carné en diez días hábiles y no poder volver a habilitarse en cinco años.
Si tienes la acreditación de otra comunidad
Euskadi reconoce las habilitaciones de otras comunidades autónomas, del Estado o de autoridades de la Unión Europea, salvo que estén revocadas, caducadas o tengan más de diez años desde su emisión. Aun así, hay que inscribirse en el registro vasco antes de trabajar. No se reconocen si la persona ha sufrido una revocación.
Normativa aplicable
- Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades RecreativasArtículo 21.4: la función de control de acceso exige habilitación.
- Decreto 17/2019, de 5 de febrero, Reglamento de desarrollo de la Ley de espectáculosArtículos 61 a 65: personal de servicio de admisión (BOPV de 21 de febrero de 2019).
- Decreto 63/2026, de 29 de abril, de segunda modificación del ReglamentoLocales obligados, caducidad de diez años, requisitos y revocación (BOPV de 18 de mayo de 2026).
- Resolución de 16 de agosto de 2022, sistema de habilitación y módulos de las pruebasExamen tipo test y temario (BOPV de 8 de septiembre de 2022).
- Orden de 24 de noviembre de 2022, Registro de personal de servicio de admisión de EuskadiInscripción obligatoria para trabajar (BOPV de 5 de diciembre de 2022).
Dónde se tramita
- Registro del personal de servicio de admisiónInscripción en el examen y alta, baja o modificación en el registro. Con certificado digital, BAKQ o DNI electrónico.
- Manual oficial del curso de habilitación (PDF)
Dirección de Juego y Espectáculos: 945 01 88 79, jokoetaikuskizunak@euskadi.eus.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para trabajar de portero en Euskadi?
La habilitación de personal de servicio de admisión del Gobierno Vasco y estar inscrito en su registro. Se obtiene aprobando un examen tipo test en un centro KZgunea y cumpliendo los requisitos del Decreto 17/2019.
¿Hay que hacer un curso para ser personal de admisión en Euskadi?
No. Solo hay que aprobar el examen tipo test. El Gobierno Vasco publica un manual oficial gratuito con el temario.
¿Caduca la habilitación de personal de admisión en Euskadi?
Sí, desde el Decreto 63/2026: caduca a los diez años de la inscripción en el registro. Las habilitaciones anteriores caducan diez años después del 19 de mayo de 2026. Para renovarla hay que repetir las pruebas.
¿Vale mi acreditación de otra comunidad en el País Vasco?
Sí, si no está revocada ni caducada y tiene menos de diez años desde su emisión, pero tienes que inscribirte en el Registro de personal de servicio de admisión de Euskadi antes de trabajar.
¿En qué locales es obligatorio el personal de admisión en Euskadi?
En los establecimientos de régimen especial, donde la vigilancia de seguridad sea obligatoria, en los locales de juego salvo salones recreativos, cuando se entra con entrada o invitación y cuando lo exige la licencia.
Información general revisada en octubre de 2026 a partir del BOE, el boletín oficial de la comunidad y sus fichas de trámite. No sustituye a la normativa oficial: antes de presentar una solicitud, comprueba la versión vigente en los enlaces de esta página. SegurJob es una plataforma tecnológica, no una agencia de colocación ni una empresa de seguridad privada. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a hola@segurjob.es.