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SEGURJOB
Normativa de control de acceso

Controlador de acceso en Castilla-La Mancha

Hoy no se exige. Desde el 8 de enero de 2027, la Ley 6/2026 exige habilitación en locales de más de 300 personas, pero las pruebas dependen de un reglamento que aún no está aprobado. Hasta esa fecha sigue en vigor la Ley 7/2011, que no regula la cualificación del personal de control de acceso.

Última comprobación:

Datos clave en Castilla-La Mancha

Hoy
No se exige acreditación al personal de control de acceso
Desde el 8 de enero de 2027
Habilitación obligatoria según la Ley 6/2026
Quién la expedirá
La dirección general competente en espectáculos públicos
Pruebas
Las fijará un reglamento que aún no está aprobado
Locales obligados
Más de 300 personas, y recintos cerrados si lo exige su plan de autoprotección
Norma
Ley 6/2026 (desde el 8 de enero de 2027); hasta entonces, Ley 7/2011

Qué se aplica hoy

Hasta el 7 de enero de 2027 sigue en vigor la Ley 7/2011, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha. Su artículo 22 dejaba para un reglamento los establecimientos que debían tener servicio de vigilancia y control de acceso, pero ese reglamento nunca se aprobó. Por eso, hoy no se exige acreditación al personal de control de acceso.

Lo que cambia con la Ley 6/2026

La Ley 6/2026, de 1 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla-La Mancha, se publicó en el DOCM el 8 de octubre de 2026, entra en vigor tres meses después (el 8 de enero de 2027) y deroga la Ley 7/2011.

Su artículo 46.1 obliga a tener personal de control de acceso habilitado en los establecimientos públicos y espacios abiertos con espectáculos o actividades recreativas de más de 300 personas de aforo, y en los recintos cerrados cuando lo exija su plan de autoprotección. El personal irá identificado con un distintivo con las palabras «control de acceso».

Según el artículo 47.1, habrá que obtener la habilitación de la dirección general competente en espectáculos públicos tras superar las pruebas que se establezcan por reglamento. La ley da un año desde su entrada en vigor para aprobar ese reglamento (disposición final cuarta). Mientras no exista, no hay pruebas a las que presentarse.

Requisitos de la Ley 6/2026

El artículo 47.2 exige, además de lo que fije el reglamento:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad española o de un país de la Unión Europea, o el permiso de residencia y trabajo.
  • No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
  • Presentar la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

El personal de control de acceso en ningún caso puede asumir o realizar las funciones del servicio de seguridad privada (artículo 48.2). Los registros, los cacheos y la retención de personas corresponden al personal de seguridad privada habilitado.

Si tienes la acreditación de otra comunidad

La Ley 6/2026 no prevé el reconocimiento de acreditaciones de otras comunidades: no consta. Habrá que ver qué dice el reglamento.

Normativa aplicable

Dónde se tramita

    Todavía no hay trámite de habilitación. Cuando se apruebe el reglamento, lo gestionará la dirección general de la Junta de Comunidades competente en espectáculos públicos.

    Preguntas frecuentes

    ¿Necesito un carnet para ser portero de discoteca en Castilla-La Mancha?

    Hoy no se exige. Desde el 8 de enero de 2027, la Ley 6/2026 exige habilitación en locales de más de 300 personas, pero las pruebas dependen de un reglamento que aún no está aprobado.

    ¿Qué requisitos pide la Ley 6/2026?

    Ser mayor de edad, tener la nacionalidad o el permiso de residencia y trabajo, no tener antecedentes penales por delitos dolosos, la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y superar las pruebas que fije el reglamento.

    ¿Cuándo habrá pruebas de habilitación en Castilla-La Mancha?

    Cuando se apruebe el reglamento de la Ley 6/2026. La ley da un año desde su entrada en vigor, el 8 de enero de 2027, para aprobarlo.

    ¿Vale en Castilla-La Mancha la acreditación de otra comunidad?

    No consta. La Ley 6/2026 no prevé el reconocimiento de acreditaciones de otras comunidades.

    ¿Un vigilante de seguridad puede trabajar de controlador de acceso?

    Depende de la comunidad, porque el control de acceso en locales y espectáculos lo regula cada una. En Aragón, los vigilantes de seguridad habilitados pueden hacer funciones de admisión sin la tarjeta autonómica (Decreto 23/2010, artículo 13.2). En Andalucía, Asturias y Cantabria no se exige acreditación al personal de admisión. En la Región de Murcia, los vigilantes habilitados pueden obtener el carné de controlador de acceso sin examen (Ley 2/2011, disposición adicional tercera). En el País Vasco, el personal de seguridad privada no puede compaginar sus funciones con las de admisión (Decreto 17/2019, artículo 69). En el resto de comunidades, consulta en su página la acreditación que exige su norma antes de aceptar un servicio de control de acceso.

    Cómo ser vigilante de seguridad: requisitos, examen y TIP

    Información general revisada en octubre de 2026 a partir del BOE, el boletín oficial de la comunidad y sus fichas de trámite. No sustituye a la normativa oficial: antes de presentar una solicitud, comprueba la versión vigente en los enlaces de esta página. SegurJob es una plataforma tecnológica, no una agencia de colocación ni una empresa de seguridad privada. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a hola@segurjob.es.